Directiva CSRD: un paso en la transición de Europa hacia una economía sostenible

A partir del 5 de enero de 2023, las nuevas reglas de informes ambientales, sociales y de gobernanza (ESG) se aplicarán gradualmente, entre 2024 y 2028, a un número cada vez mayor de empresas que deberán publicar información detallada sobre temas de sostenibilidad en sus informes de gestión.

La sostenibilidad es uno de los pilares del rendimiento empresarial que probablemente atraiga a inversores cada vez más comprometidos con la financiación de la transición ecológica y social. De hecho, el CSRD (Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa) en el marco del Pacto Verde Europeo y del programa sobre finanzas sostenibles, donde la propuesta de directiva sobre el deber de vigilancia de las empresas en materia de sostenibilidad presentada por la Comisión Europea en febrero de 2022 es otro paso importante en la estrategia en Europa hacia una economía sostenible.

En este contexto, la Directiva (UE) 2022/2465 sobre informes de sostenibilidad corporativa (“CSRD”), en vigor desde el 5 de enero de 2023, llena los vacíos en las reglas sobre informes de sostenibilidad corporativa. información no financiera a que se refiere la Directiva 2014/95/UE (Directiva de Información No Financiera, “NFRD”), ampliando el espectro de empresas involucradas y fortaleciendo las obligaciones relacionadas.

Las empresas afectadas y la aplicación progresiva de las normas pertinentes de la CSRD

Las nuevas reglas CSRD se aplican a todas las grandes empresas, así como a todas las empresas que cotizan en bolsa, excepto a las microempresas. La CSRD también se aplica a las empresas de fuera de la UE que logran un cierto volumen de negocios en la UE sujeto a ciertas condiciones.

Así, las empresas elegibles deberán cumplir con la CSRD entre los ejercicios 2024 y 2028 dependiendo de su tamaño, facturación y ubicación de la siguiente manera:

• Declaraciones en el ejercicio 2025 a 2024, para las grandes empresas de interés público que excedan, a la fecha de cierre de su balance, el promedio de 500 empleados en el ejercicio, que ya están sujetas a la NFRD;
• Declaraciones en el ejercicio 2026 a 2025, para grandes empresas que actualmente no están sujetas a la NFRD (superan los límites de al menos dos de los siguientes tres criterios: número medio de empleados en el ejercicio: 250, facturación neta: 40 millones euros, saldo total: 20 millones de euros);
• Declaraciones en el año fiscal 2027 a 2026, para las PYMES y otras empresas cotizadas, las PYMES pueden optar por no cumplir con CSRD hasta 2028;
• Declaraciones en 2029 en el ejercicio 2028, para empresas de terceros países que generen una facturación neta superior a 150 millones de euros en la UE si tienen al menos una filial o sucursal en la UE que supere determinados umbrales.

Las obligaciones de reportando fortificado

El CSRD introdujo la necesidad de proporcionar información más detallada sobre temas de sostenibilidad, incorporando criterios ESG alineados con los objetivos climáticos de la UE. En particular, prevé la obligación de incluir en el informe anual de gestión de las sociedades de que se trate información que permita conocer el impacto de la sociedad en temas de sostenibilidad y la forma en que estos temas afectan a la propia sociedad, sobre, entre otros otros. :

a) El modelo de negocio y la estrategia de la empresa;
b) Metas de sustentabilidad en el tiempo incluyendo, si corresponde, la reducción total de las emisiones de gases de efecto invernadero para al menos 2030 y 2050, el progreso de la empresa en el logro de estas metas y una declaración si las metas de la empresa relacionadas con factores ambientales se basan en conclusiones concluyentes. evidencia científica;
c) El papel que desempeñan los órganos de administración, gestión y supervisión en relación con los temas de sostenibilidad, así como una descripción de sus conocimientos y habilidades;
d) Políticas de la empresa sobre retención;
e) La existencia de sistemas de incentivos relacionados con temas de sostenibilidad ofrecidos a los miembros de los órganos de administración, dirección y supervisión;
f) una descripción:
• el proceso de diligencia debida de la empresa sobre cuestiones de sostenibilidad y, cuando corresponda, de conformidad con los requisitos de la UE para que las empresas lleven a cabo dicho proceso;
• el principal impacto negativo real o potencial relacionado con las propias actividades de la empresa y su cadena de valor, incluidos sus productos y servicios, relaciones comerciales y su cadena de suministro, las medidas tomadas para identificar y monitorear esos efectos y otros efectos adversos experimentados por la se requiere que la empresa se identifique bajo otros requisitos de la UE para que las empresas realicen la debida diligencia;
• cualquier medida tomada por la empresa para prevenir, mitigar, corregir o eliminar el impacto negativo real o potencial, y los resultados obtenidos al respecto;
g) Los principales riesgos del negocio relacionados con temas de sostenibilidad y una descripción de cómo el negocio gestiona estos riesgos.

Los informes deben incluir información para toda su cadena de valor. Deben cubrir operaciones, productos y servicios, relaciones comerciales y cadenas de suministro.

Las excepciones son posibles solo en casos excepcionales (desarrollos inminentes, asuntos en negociación, información que podría perjudicar gravemente los intereses comerciales de la empresa).

La información proporcionada por las empresas está sujeta a certificaciones y auditorías independientes que brindan a los inversores datos confiables y fácilmente comparables.

CSRD contribuye, por tanto, a la consecución de los objetivos europeos de transición hacia un modelo económico sostenible. Con la entrada en vigor de la CSRD, las empresas ahora deben prepararse y comenzar a evaluar los efectos operativos de estas nuevas reglas, sabiendo que la transposición de la directiva a las leyes nacionales de los Estados miembros debe tener lugar a más tardar el 6 de julio. 2024 .

En colaboración con Anna Lisa Sepich, Abogada – Pirola Pennuto Zei & Associati

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